El Senado de la República aprobó una nueva legislación que establece reglas más estrictas para el cuidado y la protección de los animales en México. Se trata de la Ley General de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, que fue avalada con 115 votos a favor y uno en contra, emitido por el senador Adán Augusto López Hernández.
La norma dispone que los
animales deberán recibir un trato adecuado y contar con condiciones que protejan
su salud, alimentación y bienestar físico y mental; asimismo, contempla medidas
para combatir el abandono, el maltrato y la crueldad.
Uno de los principales cambios es
la creación de un Registro Nacional de Animales de Compañía y de un padrón de
personas infractoras para facilitar la identificación de animales, dar
seguimiento a quienes incumplan las disposiciones y mejorar la vigilancia por
parte de las autoridades.
Durante la discusión, Maki Ortiz,
presidenta de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio
Climático, señaló que la medida atenderá una problemática que afecta a millones
de animales. De acuerdo con una encuesta realizada en 2021, alrededor del 69 %
de los hogares mexicanos tenían al menos una mascota, lo que representa cerca de
80 millones de animales.
La legisladora también mencionó
que México ocupa el primer lugar de América Latina y el tercero a nivel mundial
en casos de maltrato animal; como referencia, señaló que la Procuraduría
Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México recibió más de
10 mil denuncias relacionadas con esta problemática entre 2024 y 2026, mientras
que el número de sentencias es menor.
¿Qué obligaciones tendrán las personas responsables de mascotas?
La legislación establece el
principio de tutela responsable para quienes tengan animales de compañía que implica
proporcionarles alimentación, atención veterinaria y condiciones apropiadas
para su desarrollo y bienestar.
Entre las nuevas disposiciones
también se encuentra la obligación de esterilizar a perros y gatos; el
incumplimiento acarreará una multa de entre 500 y 2 mil Unidades de Medida y
Actualización, equivalente a más de $56,000.00.
La senadora Carolina Viggiano
cuestionó esta disposición al señalar que existen diferencias entre las
obligaciones impuestas a los particulares y las responsabilidades del Estado, y
explicó que, aunque la ley contempla que las autoridades deben ofrecer
esterilizaciones gratuitas, esta medida está condicionada a la disponibilidad
presupuestaria.
¿Qué pasará con los animales utilizados en otras actividades?
La nueva ley también establece
disposiciones para los animales empleados en investigación, enseñanza, actividades
deportivas, espectáculos, exhibiciones y producciones audiovisuales. En el caso
de zoológicos, acuarios y granjas didácticas, deberán existir instalaciones
apropiadas, atención veterinaria preventiva, medidas de enriquecimiento
ambiental y protocolos para responder ante emergencias.
Además, se contempla un proceso
de transición para reducir y eventualmente dejar de utilizar animales en
actividades de investigación y enseñanza; para los eventos deportivos y
espectáculos se establecen medidas de manejo y supervisión veterinaria; también
se incluyen las cabalgatas dentro de las actividades que deberán ser reguladas
por las entidades federativas.
Se incorporó un segundo párrafo
al artículo 78 para establecer que los espectáculos con animales deberán
realizarse bajo criterios de bienestar, tomando en cuenta la naturaleza y
características de cada especie, así como su relación con las personas y las
actividades que realizan.
El presidente de la Comisión de
Estudios Legislativos, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, expuso que uno de los
principales desafíos será lograr que las disposiciones realmente se cumplan; para
ello será necesario armonizar las leyes estatales, desarrollar nuevas normas,
poner en funcionamiento los registros y mejorar la coordinación entre las
autoridades.

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