Se aprueba la creación del Registro Nacional de Deudores Alimenticios; para quienes no cumplan con la pensión alimenticia se les castigará con la privación de trámites oficiales.
Aquellos padres que sean deudores alimenticios no podrán:
tramitar credencial de elector, pasaporte o licencia para conducir, ni contraer
matrimonio, comprar una casa, participar como candidato a cargos de elección
popular o cargos concejiles, o ser parte de procesos para la designación de
personas juzgadoras ministros.
Por unanimidad, el Pleno del Senado de la República aprobó la
reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para crear
un Registro Nacional de Deudores Alimentarios, con el objetivo de que el padre
o madre moroso cumplan el pago de sus obligaciones.
En el documento se detalla que un órgano auxiliar del
Consejo de la Judicatura Federal identificará a deudores y acreedores de
obligaciones alimentarias establecidas en resolución judicial firme, a terceros
relacionados con dichas obligaciones y brindar información.
De acuerdo con las cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en México tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia.
Dentro la publicación se establece que el deudor deberá
hacer llegar al Registro pruebas de la fecha y cuantía del pago de la pensión
alimenticia, mismas que serán consideradas para registrar el cumplimiento de la
obligación.
A través de la página web será actualizada la información,
tales como el certificado de no inscripción o en su defecto del estado del
cumplimiento de las obligaciones del deudor.
La presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos
Primera, Mayuli Latifa Martínez Simón, al señalar la importancia de esta nueva
ley, precisó que, de cada 10 divorcios, siete padres no cumplen con la pensión
alimenticia:
“es alarmante que los hijos padezcan estas indiferencias de los padres que no desean hacerse responsables de los gastos básicos”.
En tanto, los congresos locales y los tribunales Superiores
de Justicia de las entidades federativas y de la Ciudad de México contarán con
un plazo no mayor a 120 días hábiles a partir del inicio de la creación del
Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para armonizar el marco
normativo con los lineamientos que establezca el Sistema Nacional DIF.
En respuesta a la aprobación ante el registro de deudores y las consecuencias que tendrán por no cumplir con sus obligaciones, usuarios de Twitter celebran la nueva dispocisión.
Los deudores alimenticios NO podrán tramitar licencia de conducir, casarse, obtener su INE. Porque serán incluidos en un registro nacional que las autoridades deberán consultar antes de autorizar.
— OFT (@OlaFeministaT) March 23, 2023
¡Ya ven que si sirve el feminismo!💜
Celebro el hecho de sancionar a los deudores alimenticios pero prohibirles tramitar su INE, licencia e incluso contraer matrimonio, parecen actos inconstitucionales, se violenta el derecho a la identidad y el libre desarrollo de la personalidad.
— Ricardo Arteaga Anaya (@RicardArteana) March 23, 2023
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